En Corea del Sur, una deuda impagada ya puede saldarse directamente con bitcoin. El 12 de octubre, la Corte Suprema publicó la Regla N.º 3280: a partir del 1 de noviembre, los tribunales tendrán un procedimiento estándar para bloquear, embargar y vender las criptomonedas de un deudor.
Si las monedas están en un exchange, el tribunal dicta una orden de congelamiento y la plataforma tiene una semana para informar qué activos tiene exactamente el deudor, de qué tipo y si existen otros reclamos sobre ellos. A partir de ahí, el juez puede transferir las monedas directamente al acreedor, ordenar su venta a través del propio exchange o trasladarlas a una cuenta judicial para liquidarlas al precio de mercado.
Las billeteras que el deudor controla por sí mismo reciben un trato más duro. Los agentes judiciales ahora pueden tomar posesión de los activos antes de notificar formalmente al propietario, cerrando así la ventana para mover fondos apenas alguien se entera de que viene un reclamo. Si el agente asegura las monedas primero, el papeleo se completa después.
No se trata de una medida pensada para un solo caso mediático. La propia Corte explicó que los litigios relacionados con criptomonedas se han multiplicado hasta el punto de que las decisiones improvisadas caso por caso ya no bastan, de ahí la necesidad de un estándar único. La regla incluso alcanza a procesos que ya estaban en curso, no solo a demandas nuevas.
Queda un vacío: si alguien controla sus propias claves y simplemente se niega a cooperar, sigue sin existir manera de forzar una billetera. Lo que sí cambia es el rastro documental — los exchanges coreanos ahora deben responder a los tribunales con la misma rapidez y detalle que los bancos llevan décadas ofreciendo, y el deudor conserva el derecho a apelar antes de que la orden sea definitiva.


